5 claves de la reconversión FARC

Los acuerdos de La Habana detallan parte del proceso de la reconversión al que se enfrenta las FARC. La legalización de un nuevo movimiento político, la amnistía o la reintegración de los demovilizados a la sociedad legal son parte de la ruta.

La contaminación informativa puede generar la sensación de que no se conoce la ruta que permitirá la conversión de las FARC de organización armada a movimiento político legal. La realidad es que, aunque hay muchas incertidumbres sobre el proyecto político de esta guerrilla, hay un plan reseñado en los propios acuerdos de La Habana que da pistas sobre cómo será ese tránsito de las armas a las urnas. Hasta julio de 2020 se vivirá un proceso tutelado con especiales garantías de seguridad y financiación para evitar desastres como el que ocurrió con la Unión Patriótica, el partido que surgió en 1985 durante el proceso de paz que las FARC negociaron con el gobierno del entonces presidente Belisario Betancur. Estos son algunos de los elementos a tener en cuenta.

1. El adiós a las armas  

Los acuerdos de La Habana incluyen un protocolo específico para la dejación de armas (DA), un proceso que comenzaría cinco días después de la firma del acuerdo final, que será el 26 de septiembre. En ese día D+5 (quinto día tras la firma), las FARC deben entregar el listado de sus armas y municiones, así como la ubicación de las caletas, al Componente Internacional del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (CI-MM&V). La dejación de armas se hará en un plazo de 180 días y en dos fases.

La primera se denomina Control de Armamento y se desarrollará entre el día D+7 y el D+30. En esos 23 días, las FARC transportarán a las Zonas Veredales el armamento de las milicias, las granadas y las municiones y el CI-MM&V se encargará de registrar, marcar y verificar todo el armamento y las municiones de esta guerrilla. El día D+60 “se procede al almacenamiento de las armas de acompañamiento, de las armas de las milicias, las granadas y las municiones”. Pero en ese tiempo, es decir, hasta el D+60, ya las FARC habrán destruido con verificación internacional el denominado como armamento inestable (aquel que esté deteriorado, así como las armas y explosivos de fabricación casera).

El almacenamiento del armamento individual que esté en poder de los guerrilleros dentro de los campamentos se recolectará y almacenará en tres etapas. Hasta D+90, el 30% del total; hasta el D+120, otro 30%, y cuando se llegue al D+150 se tendrá almacenado el 40% restante.

Entre el D+120 y el D+180 será responsabilidad de Naciones Unidas sacar todo el armamento almacenado y previamente inhabilitado. El Componente Internacional del Mecanismo deberá certificar que el procedimiento se ha completado a satisfacción para que ese D+180 sea la fecha final de las Zonas Veredales y los Campamentos.

2. El regreso de los presos

Según el INPEC (Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario), en las 138 cárceles colombianas hay unos 2.000 presos por delitos de rebelión, de los que unos 1.200 tienen sentencia firme. Además, hay una cifra aún no determinada de guerrilleros privados de libertad por delitos conexos que no figuran bajo la estadística de “rebelión”. Las FARC calculan que del total de subversivos presos, unos 1.200 miembros pertenecen a su organización.

Un buen número de ellos podrá beneficiarse de la Ley de Amnistía que contempla el acuerdo de La Habana y que debe ser tramitada en el Congreso. Cuando la Ley sea efectiva, en 10 días los beneficiarios deberán firmar un acta de compromiso y acogerse a las dos formas de libertad contempladas: total y condicionada. Tal y como se señala en la Jurisdicción Especial de Paz, la amnistía no cobija a las personas que hayan cometido: “delitos de lesa humanidad, el genocidio, los graves crímenes de guerra, la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento de menores conforme a lo establecido en el Estatuto de Roma”.

Es imposible saber aún con certeza el número de guerrilleros que serán amnistiados, ni cuántas personas relacionadas con esta organización que hayan sido detenidas y sindicadas “en el marco de disturbios públicos o el ejercicio de la protesta social en los términos que en esta ley se indica” (artículo 2) serán puestas en libertad. Lo que sí es cierto es que cientos de guerrilleros presos se incorporarán al proyecto político de las FARC.

3. La “normalidad”

Los acuerdos contemplan dos procesos paralelos para la “reincorporación económica y social sostenible” de los desmovilizados de las FARC. Uno es colectivo y supone la creación de una organización de economía social y solidaria que se va a llamar ECOMÚN (Economías Sociales del Común), así como de un Centro  de Pensamiento, aún sin nombre, que debe apoyar la transición de la organización armada a la actividad política legal. La incorporación a ECOMÚN es voluntaria pero las personas desmovilizadas que opten por esta opción estarán autorizando a que los recursos que les corresponden en el marco del proceso sean transferidos a la entidad común. Por último, nacerá también el Consejo Nacional de Reincorporación, con presencia de las FARC y del Gobierno Nacional, que será el encargado de dar seguimiento al proceso.

El segundo proceso es el individual. Todo desmovilizado tendrá una “asignación única  de movilización” de dos millones de pesos. Para aquellos desmovilizados que quieran emprender proyectos productivos o de vivienda de forma personal al margen del proceso colectivo habrá una renta básica mensual correspondiente al 90% del salario mínimo durante 24 meses, siempre que no tengan otros ingresos demostrados, y el Estado se encargará, además, de hacer los aportes correspondientes a la seguridad social en salud y pensiones.

4. En bloque

FARC15-y-ZVTN_2V3El plan de las FARC contempla la conversión del movimiento armado en un movimiento político no armado. Desde hace meses, en el marco del cese al fuego unilateral y del desescalamiento del conflicto, los frentes de las FARC han venido transformando su relación con las comunidades en su zona de influencia. De civil, en muchos casos, y con armas cortas, han realizado centenares de reuniones hablando más de “planes de desarrollo” que de “juicios revolucionarios”.

La intención de las FARC es que esa “conversión” se realice en bloque y que se produzcan las menores brechas o disidencias entre sus militantes.

El cálculo oficial actual, nombrado por el presidente, Juan Manuel Santos, habla de entre 7.000 hombres y 7.500 efectivos armados y de cerca de 10.000 milicianos y colaboradores.

Ariel Ávila, subdirector de la Fundación Paz y Reconciliación, asegura que, excepto algunas disidencias hechas públicas, como el del frente Primero Armando Ríos, pueden quedar hombres y mujeres en armas pertenecientes a los frentes “16, 44 y 57”. En todo caso, no se cree que quede por fuera del proceso de desmovilización más de un 10% de los actuales miembros de esta guerrilla. Eso significaría que el nuevo movimiento político en el que se convertirá las FARC a partir de la X Conferencia Guerrillera de septiembre podrá contar con miles de militantes locales que impulsen la opción no armada. Su reconversión llevará tiempo y será compleja.

 

Gabriel Ángel, abogado superviviente del genocidio de la UP y asesor de Rodrigo Londoño, alias Timochenco, comandante en jefe de las FARC, recordaba en una entrevista con Notimex que las FARC “siempre han sido una organización política, un partido comunista” y aseguraba que en el nuevo marco de participación política tienen todas las aspiraciones: “No poseemos vocación de perdedores, nuestra meta es organizar y movilizar la población colombiana para arrebatarle el poder político a la clase que lo ha detentado durante siglos, a fin de crear un país democrático, justo y próspero en el término más corto posible”.

5. La entrada en el sistema

ZVTN-y-PTN_FARC_2V3La participación política no armada de las FARC en la vida pública colombiana supone su entrada al sistema electoral pero el acuerdo de paz va más allá. Los principios y acciones que figuran en el punto 2 del acuerdo (Participación Política: apertura democrática para construir la paz) pretenden garantizar el ejercicio de la política de oposición que tradicionalmente ha estado perseguida y criminalizada en Colombia.

El acuerdo contempla un Estatuto de garantías para partidos y movimientos políticos de oposición (que debe ser construido en común), un Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política, y una serie de garantías para la movilización y la protesta, entre otras medidas.

Sin embargo, en lo que se refiere a la participación en la actividad política legal de las FARC, el acuerdo es muy explícito. A la firma del acuerdo de paz, el Consejo Nacional Electoral (CNE) tramitará el registro de la nueva formación política que proponga la ya entonces ex organización guerrillera, aunque la confirmación de esta formación no será efectiva hasta que se complete el proceso de dejación de armas (punto 3.2.1.1). Este partido recibirá mensualmente, entre su registro y el 19 de julio de 2026, “una suma equivalente al 10% anual de la apropiación presupuestal para el funcionamiento de los partidos y movimientos políticos” y otro 5% de dicha partida para financiar la divulgación de su “plataforma ideológica y programática”. Además, se establecen los límites de financiación de las campañas electorales, el acceso a los medios del nuevo partido político y las garantías de seguridad.

El acuerdo le garantiza al nuevo movimiento político una presencia transitoria en el Congreso de la República por dos periodos  a partir del 20 de julio de 2018 con cinco curules en el Senado y otros tantos en la Cámara de Representantes, incluidos los que consigan en concurrencia electoral. Antes, las FARC tendrán derecho a sentar a 3 voceros en cada una de las Cámaras en los debates sobre los proyectos incluidos en “el Procedimiento Legislativo Especial para la Paz”, explicitado en el Acto Legislativo 01 de 2016. Igualmente, el nuevo movimiento o partido político podrá sentar en este periodo transitorio a un delegado en el CNE que tendrá voz pero no voto.