El Estado es condenado por la Operación Orión
Impunidad. Esa es una de las palabras repetidas en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos conocida este martes, aunque data del 22 de noviembre de 2016, por la que condena al Estado colombiano por el asesinato de una líder y el desplazamiento de otras defensoras en la Comuna 13 de Medellín en el marco de la Operación Orión. Tal y como recuerda la Corporación Jurídica Libertad, hay otros 600 casos de víctimas de las operaciones militares desarrolladas en la Comuna 13 que esperan justicia. Esta, en todo caso, ya es la sentencia internacional número 17 contra Colombia por violación de derechos humanos.
El caso llegó en 2014 a la Corte por recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que resumía así lo sucedido: “las señoras M[y]r[i]am Eugenia Rúa Figueroa y Luz Dary Ospina Bastidas fueron amenazadas, hostigadas, sufrieron allanamientos y ocupación de sus viviendas y, consecuentemente, fueron obligadas a desplazarse. Además, las señoras Mery del Socorro Naranjo Jiménez, María del Socorro Mosquera Londoño y Ana Teresa Yarce fueron privadas arbitrariamente de su libertad, y tras una serie de denuncias del actuar de grupos paramilitares en connivencia con la Fuerza Pública en la zona, fue asesinada la señora Ana Teresa Yarce el 6 de octubre de 2004. [l]as señoras Mery Naranjo y María del Socorro Mosquera también fueron obligadas a desplazarse”.
La Operación Orión, la cuarta de una serie de ofensivas urbanas desarrolladas en Medellín en 2002, fue ejecutada por el Ejército, DAS, Fiscalía y hasta la Fuerza Aérea, y contó con el apoyo en el terreno de grupos paramilitares. Dos de las operaciones (Mariscal y Potestad) fueron diseñadas con Andrés Pastrana como presidente. Antorcha y Orión se desarrollaron durante el primer mandato de Álvaro Uribe Vélez. Luis Pérez, el gobernador de Antioquia, era el alcalde de una ciudad que desangró la Comuna 13. Con estas cuatro operaciones coordinadas entre militares y paramilitares nació la mayor fosa común a cielo abierto del planeta: La escombrera, donde aún se buscan los restos de las decenas de desaparecidos.
La sentencia
Ahora se conoce que el 22 de noviembre de 2016 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una Sentencia en la que declaró responsable a la República de Colombia por: “i) la detención ilegal y arbitraria de las defensoras de derechos humanos María del Socorro Mosquera Londoño, Mery del Socorro Naranjo Jiménez y Ana Teresa Yarce; ii) la violación al derecho a la vida de Ana Teresa Yarce, incumpliendo su deber de prevenir actos de violencia contra la mujer, y iii) no adoptar medidas adecuadas para propiciar el retorno seguro a sus lugares de residencia de las dos primeras, así como de las defensoras de derechos humanos Luz Dary Ospina Bastidas y Miryam Eugenia Rúa Figueroa, y de los familiares de estas dos últimas y de la señora Mosquera que se encontraban en una situación de desplazamiento forzado intraurbano quienes se indican más adelante, y no adoptar las medidas para proteger sus viviendas y garantizar el uso y disfrute del derecho de propiedad”.
Las reparaciones
El Gobierno colombiano intentó evitar que el caso prosperara en la Corte Interamericana argumentando que las personas afectadas podían obtener reparación por las violaciones de derechos humanos gracias a la Ley de Víctimas y presumiendo de un “nuevo modelo de investigación criminal” en el país. La Corte desestimó el argumentario estatal y en la sentencia señala el manejo arbitrario del estado de excepción durante las Mariscal, Potestad, Antorcha y Orión, ejecutadas en Medellín entre mayo y octubre de 2002. No solo se vieron afectadas las cinco mujeres citadas en la sentencia, sino decenas de familiares que debieron desplazarse y que vieron cómo sus viviendas eran vandalizadas y dejadas en ruinas.
La Corte Interamericana obliga al Estado a asumir las siguientes reparaciones: “i) adoptar las medidas necesarias para continuar la investigación a fin de individualizar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables por el desplazamiento forzado de la señora Rúa y sus familiares; ii) brindar tratamiento de salud y psicológico a las víctimas que sufrieron violaciones a su integridad personal que así lo soliciten; iii) publicar la Sentencia de la Corte Interamericana y su resumen oficial; iv) realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional; v) implementar un programa, curso o taller a través de las entidades estatales correspondientes dentro de la Comuna 13, destinado a promover e instruir sobre el trabajo de las defensoras y defensores de derechos humanos, y vi) pagar las cantidades fijadas en la Sentencia por concepto de indemnización por daños materiales e inmateriales y el reintegro de costas y gastos, así como el reintegro al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas”.
El texto íntegro de la Sentencia puede consultarse en el siguiente enlace: http://bit.ly/2j0Ykb1